DOS DÉCADAS HABLANDO EL MISMO IDIOMA DE NEGOCIOS QUE LOS MICRO, PEQUEÑOS Y MEDIANOS EMPRESARIOS.
Las Sociedades de Garantía Recíproca tienen por objeto otorgar garantías líquidas a sus socios partícipes para mejorar las condiciones de acceso al crédito.
¿Qué es una SGR?
El sistema de Sociedades de Garantía Recíproca fue creado en 1995 a partir de la ley 24.467, con la finalidad de permitir el acceso al crédito de las mipyme mediante el otorgamiento de avales. Estas están compuestas por dos clases de socios perfectamente diferenciados: partícipes y protectores.
- Los socios partícipes son titulares de micro, pequeñas y medianas empresas, tanto personas físicas como jurídicas. Estos tienen como mínimo el 50% de los votos en asamblea y sus opiniones en las decisiones societarias deben ser respetadas.
- Los socios protectores pueden ser personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que realicen aportes al capital social y al Fondo de Riesgo de las SGR. Detentan como máximo el 50% del Capital Social.
- Los gobiernos provinciales o municipales pueden ser socios protectores de una SGR en la medida que se lo permitan sus respectivos ordenamientos jurídicos.
Objetivos
- Otorgar garantías líquidas a los socios partícipes para mejorar las condiciones de acceso al crédito brindando credibilidad para el cumplimiento de compromisos u obligaciones.
- Emitir avales: financieros (préstamos); técnicos (cumplimiento de contratos); mercantiles (ante proveedores o anticipo de clientes); cualesquiera de los permitidos por el derecho mediante la celebración de Contratos de Garantía Recíproca.
- Brindar asesoramiento técnico, económico y financiero en forma directa o a través de terceros contratados a tal fin.
Límites operativos
- Para evitar preferencias hacia determinados socios partícipes, la ley prevé que no se podrá asignar a una misma mipyme garantías que superen el 5% del Fondo de Riesgo.
- Ningún socio partícipe puede tener una participación mayor al 5% en el capital social.
- No pueden asignarse obligaciones con un mismo acreedor que superen el 25% de su Fondo de Riesgo. Deben atenderse las múltiples necesidades comerciales y financieras que tienen las mipyme con, por lo menos, 4 (cuatro) tipos de acreedores para evitar que la empresa quede cautiva de un solo acreedor.
Gobierno de la SGR
La administración es ejercida por un Consejo de Administración integrado por 3 (tres) personas. De estas, al menos una representa a los socios partícipes, otra a los socios protectores y la tercera a cualquiera de los dos, de acuerdo a lo que establezca el Estatuto Social.
La fiscalización interna la realiza la Sindicatura, que a su vez está integrada por 3 (tres) personas con título profesional habilitante, con una representación inversa a la que se fija para el Consejo de Administración.